martes, 11 de mayo de 2010

Principios a los que se rige la norma

Principios a los que se rige la norma

Nuestras normas legales están regidas por principios específicos en cada especialidad de las ramas del derecho, siendo algunos principios los siguientes:

Principio de territorialidad y espacialidad;

Cada Estado establece su propio sistema jurídico rigiendo por:

· Ámbito espacial; rigiéndose dentro del estado del que se trate.

· Ámbito temporal a partir de su vigencia, a menos que la Ley exceptué.

Principio de Publicidad;

La norma jurídica empieza a ser regular la conducta humana a partir del siguiente día de publicación en el diario oficial “El Peruano” (exceptuando que el precepto legal establezca el día de su vigencia que puede ser posteriores fechas). Se presume ser conocida por todos y nadie puede evadirla (Presunción de Conocimiento).

Para resolver conflictos de leyes en el tiempo, existen los siguientes criterios que se deben realizar:

· La irretroactividad de la ley mediante su aplicación inmediata que se produzcan durante su vigencia (teoría de los hechos cumplidos).

· La aplicación retroactiva de la ley a los hechos y consecuencias que tuvieron lugar durante la vigencia de la ley antigua.

· La aplicación ultráctiva de la ley antigua que supervive a la nueva.

Los métodos de interpretación esclarecen el significado de las normas utilizando cada uno, variable de interpretación distinta a la de los demás.

Los métodos más importantes son los siguientes:

· Método literal; consiste en averiguar lo que la norma denota mediante el uso de las reglas de lingüística

· Método de la ratio legis; busca el que quiere decir la norma y se desentraña su razón de ser intrínseca.

· Método sistemático por comparación; consiste en esclarecer el que quiere decir de la norma. Usualmente se deben comparar dos normas del mismo carácter (general o especial).

· Método sistemático por ubicación; hacer interpretaciones teniendo en cuenta el conjunto, subconjunto, grupo normativo, etc. a fin de que su “que quiere decir” sea esclarecido por los elementos conceptuales propios de tal estructura normativa.

· Método histórico; recurrir a los antecedentes jurídicos, el legislador siempre tiene una intención determinada al dar la norma jurídica.

· Método sociológico; se interpreta tomando en cuenta las variables sociales de diversos tipo, del grupo social en el que va producirse la aplicación de la norma.

Dos son las teorías importantes que explican la irretroactividad de la ley:

· Teoría de los Derechos Adquiridos; no afecta los derechos adquiridos antes de la vigencia de esta nueva ley.

· Teoría de los Derechos Cumplidos; la ley se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. La aplicación de la Ley es inmediata.

Debemos de tener presente y recordar siempre que, en nuestro ordenamiento jurídico se rige por la teoría de los hechos cumplidos y solo en materia de pensiones y contratos de traba se aplican los derechos adquiridos, mientras que la irretroactividad¸ sólo es procedente en normas favorables siempre y cuando sea en beneficio al reo

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